El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (ahora Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del 15 de junio de 2018 extracto de la Orden de 1 de junio de 2018 por la que se convocan las ayudas correspondientes al Plan de Renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (Plan Renove) para el ejercicio 2018.
En la convocatoria de este año el objeto de las subvenciones estatales es la renovación de cisternas de purín, es decir, la adquisición de cisternas de purín nuevas con sistemas de localización de productos en el suelo, con el achatarramiento de la cisterna antigua. También es objeto de subvención la sustitución de accesorios de aplicación de purín con platos, abanico o cañón por accesorios localizadores del purín en el suelo, adaptando para ello la cisterna en uso.
Nuevas condiciones
El Real Decreto 980/2017 por el que se modifica la normativa para la aplicación de la Política Agraria Común (PAC), en su artículo 4, modifica las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios de los pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola. De esta manera, dicho artículo incluye nuevas condiciones para el cobro de estos pagos:
- «La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, pudiendo las comunidades autónomas establecer excepciones, atendiendo a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos, debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.
- Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. No obstante, se podrán exceptuar de esta obligación, si la comunidad autónoma así lo establece, los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.»
Esta modificación deriva de la Directiva sobre Techos Nacionales de Emisiones (relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos) y el Protocolo de Gotemburgo del Convenio de Ginebra que imponen un límite de emisiones de amoniaco a nivel nacional.
Emisiones de amoniaco
La Comisión Europea ha analizado los datos de 2014 y 2015 de emisiones de amoniaco que se producen principalmente por la emisión a la atmósfera del nitrógeno que contienen los purines ganaderos y los fertilizantes químicos de síntesis. Así, de este estudio se deduce que la actividad agrícola y ganadera es responsable del 96,3% de estas emisiones en España. La aplicación en el campo de estiércol y purín mediante sistemas de abanico, plato o cañón sin enterramiento posterior, es una parte importante de las emisiones totales de este contaminante en España. Por eso, la posibilidad reducir las emisiones mediante la sustitución de los sistemas de aplicación de los purines justifica la publicación de la normativa indicada.
Esta normativa de obligado cumplimiento para los beneficiarios de pagos directos de la PAC supone la necesidad de sustituir y adaptar su maquinaria. En este sentido, el Ministerio ha destinado la convocatoria del año 2018 de las ayudas correspondientes al Plan de Renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (Plan Renove) a estas necesidades, de forma que se va a subvencionar la sustitución de cisternas de purines o la sustitución de los accesorios de aplicación en cisternas en uso de forma que la aplicación del purín no se haga mediante sistemas de plato o abanico ni cañones.
¿Quién puede ser beneficiario?
- Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), o, en el caso de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.
- Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911.
- Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Así, estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
- Estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
- No tener la consideración de empresa en crisis de acuerdo con Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
- Cumplir los requisitos aplicables a las pequeñas o medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Haber adquirido la nueva maquinaria que se prevé en la convocatoria, que sustituya a la maquinaria anterior, y que cumpla los requisitos previstos.
- No podrán estar incursos en alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Cuál es el objeto de la subvención?
La adquisición de cisternas de purín nuevas con sistemas de localización de productos en el suelo, con achatarramiento de la cisterna antigua, o para la sustitución del accesorio de aplicación de purín con platos, abanico o cañón por accesorios localizadores del purín en el suelo, adaptando para ello la cisterna en uso, de acuerdo con el artículo4 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
- La cuantía de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA realizada para la nueva máquina.
- La subvención no podrá superar los 20.000 euros.
¿Cuándo se puede solicitar?
El plazo de solicitud abarca desde el 15 de junio de 2018 hasta el 15 de septiembre de 2018.
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