El próximo 30 de abril finaliza el periodo de solicitud de las ayudas de la PAC 2019. Fundación Caja Rural Burgos y Cajaviva Caja Rural, demostrando su compromiso y responsabilidad histórica con el sector agrario, ponen a disposición de los clientes un equipo de profesionales y técnicos especializados que ayudan en la tramitación y supervisión de los expedientes desde su inicio hasta el cobro de la ayuda.
Su principal objetivo es conseguir que todos los agricultores y ganaderos reciban las ayudas al principio del periodo reglamentario de pagos. Por ello, existe la posibilidad de anticipar hasta el 80% de sus ayudas, en condiciones muy económicas y con una tramitación simplificada.
De esta manera, los agricultores y ganadores pueden acometer sus pagos o realizar las inversiones que requieran sin tener que esperar a recibir el cobro por parte de la Consejería de Agricultura. Es un trámite que se puede solicitar en cualquier momento, una vez presentada la PAC y hasta la fecha de recepción de la ayuda.
Por su parte, los clientes que realicen la PAC en este grupo también pueden obtener:
- La devolución del gasóleo agrícola.
- Descuentos en financiación.
- Asesoramiento agrario y la realización del cuaderno de campo.
No obstante, y dadas las circunstancias meteorológicas que están aconteciendo en estos tiempos, desde Fundación Caja Rural Burgos queremos recordar la importancia de contar con un Seguro Agrario para proteger las cosechas.
¿Qué ayudas se pueden solicitar en 2019?
Refrescamos cuáles son las ayudas que se pueden solicitar este año para los agricultores y ganaderos:
1. Regímenes de ayuda comunitarios
- Pago básico a los agricultores.
- Para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“pago verde”).
- Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.
- Pago del régimen para los pequeños agricultores.
2. Regímenes de ayuda asociada voluntaria
- A los cultivos proteicos.
- Para los frutos de cáscara y las algarrobas.
- A las legumbres de calidad.
- A la remolacha azucarera.
- Para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
- A las explotaciones de vacuno de cebo y de vacuno de leche.
- Para las explotaciones de ovino y caprino.
- Para los ganaderos de vacuno de leche, de vacuno de cebo, de ovino y/o caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Novedades más destacadas de la campaña 2019
Como novedades más destacadas de la PAC 2019 están las siguientes:
1. Definición del ‘jefe de la explotación’
A partir de este año, en las ayudas de la PAC va a haber que declarar para cada titular quién es el ‘jefe de la explotación’. Y es que, la nueva norma define esta figura como “la persona física responsable de las operaciones financieras y de producción habituales y diarias de la explotación agraria”.
2. Necesidad de pastoreo
Se refuerza la definición de actividad agraria, en el sentido de que se no se admitirán las actividades de mantenimiento en el caso de los pastos permanentes de uso común, buscando que exista una actividad ganadera real mediante pastoreo.
3. Riesgo de abandono más amplio
El concepto de riesgo de abandono se extiende, además de a la actividad de barbecho, a cualquier otra actividad de mantenimiento que suponga riesgo de abandono si se llevan a cabo más de cinco años consecutivos.
4. Proteaginosas
En las ayudas asociadas a las proteaginosas se elimina la obligación de disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción, o una prueba de autoconsumo. Por el contrario, se excluyen específicamente de la ayuda las superficies destinadas a la obtención de semillas con fines comerciales.
5. Condiciones de las Superficies de Interés Ecológico
Se modifican las condiciones que deberán cumplir las Superficies de Interés Ecológico (SIE), en el sentido de integrar de mejor manera en el texto los barbechos y los barbechos melíferos.
Así, se establece que todas las superficies de barbecho que se quieran que sean SIE (el 5% de tierras que hay que dejar de barbecho o con cultivos fijadores de nitrógeno (leguminosas) y que sirven para cobrar la parte de los pagos directos, (que corresponde a la capa verde, ‘Greening’), no pueden haber estado precedidas de ningún cultivo fijador de nitrógeno.
6. Titularidad de los animales
Se cambian las condiciones de mantenimiento de la titularidad de las explotaciones para el cobro de las ayudas asociadas a la ganadería, en cuanto a la fecha de determinación de la elegibilidad de los animales en los casos de cambio de titularidad de explotaciones ganaderas que se hayan producido antes del fin del plazo de modificación de la solicitud única.
De esta forma, será el nuevo titular quien cobrará la ayuda por todos los animales presentes en la explotación, independientemente de quién fuese el titular en las fechas de determinación de la elegibilidad de los animales, para las diferentes especies.
7. Favorecer la incorporación de los jóvenes
Con esta modificación, se persigue el objetivo de favorecer la incorporación de nuevos titulares a la actividad y de jóvenes ganaderos a nuevas explotaciones, en condiciones mejores a campañas anteriores.
De este modo, los jóvenes ganaderos que comiencen la actividad y que se incorporen a una explotación tras el 1 de enero, los animales con derecho a cobro serán los de la explotación a 30 de abril de 2019. Se trata de la ayuda asociada a las explotaciones con vacas nodrizas y las explotaciones de vacuno de leche o los elegibles de la última declaración censal disponible a fecha de modificación de solicitud única, en el caso del ovino y caprino, evitando duplicidades de la ayuda entre anterior y nuevo titular.
8. Fechas unificadas
De cara a la mejora y simplificación de la implementación de las ayudas directas, se han unificado las fechas para el cumplimiento de varios de los requisitos, siendo la fecha elegida para ello el fin de plazo de modificación de la solicitud única.
9. Nuevas situaciones de riesgo
Se introduce un nuevo anexo de situaciones de riesgo por posible creación de condiciones artificiales, a efectos del control de las ayudas.
Así, no se concederán pagos a aquellos agricultores que se demuestre que han creado artificialmente las condiciones para el cobro de dichas ayudas. Por tanto, las situaciones descritas en el nuevo anexo son variadas: declaración intencionada de superficies en las que no se ejerce actividad agraria, falsedad en documentos para acreditar actividad agraria, etc.
Puedes encontrar más información sobre los anticipos de las ayudas de la PAC, en cualquiera de nuestras oficinas.